La denuncia es el acto por el que se da conocimiento a la autoridad competente de la existencia de unos hechos que pudieran ser constitutivos de infracción penal y es la forma más habitual de comunicar la “noticia criminis”, que pondrá en funcionamiento nuestro sistema policial y judicial.
Pero esto que parece tan simple, se complica extraordinariamente cuando hablamos de Ciberdelincuencia, pues estamos ante una serie de delitos cuyo común denominador es la facilidad que Internet proporciona al delincuente para ocultarse y dificultar su identificación, que en muchos casos no resulta finalmente posible.
Por ello, nuestra primera intención de acudir a la Policía para denunciar unos hechos que a primera vista son obviamente constitutivos de delitos muy graves, puede resultar frustrante, pues en la mayoría de los casos, ante la falta de identificación del autor o autores de los hechos, nuestra denuncia no será atendida o no lo será satisfactoriamente o en el mejor de los casos, quedará registrada y meramente archivada en las propias dependencias policiales, sin llegar a los Órganos Judiciales.
Ello puede obedecer a una doble causa; por un lado la saturación policial, pues nuestra policía debe atender diariamente numerosos casos, lo que unido a la escasez de medios comporta inexorablemente el desinterés e ineficacia del sistema; y por otro la evidente –y muy criticable- ausencia de conocimientos técnicos por parte de la Policía para entender el “iter criminis” o la forma e instrumentos que los delincuentes han utilizado para la comisión del delito.
Así términos como criptomonedas tales como bitcoin o ethereum, tecnología blockchain, exchanges descentralizados que funcionan a través de algoritmos automatizados, plataformas de trading o wallets, son profundamente desconocidos tanto por policía como jueces y Tribunales.
Por ello, si Vd o su empresa ha sido víctima de la ciberdelincuencia en cualquiera de sus formas, precisa recurrir a un abogado altamente especializado, (www.nqabogadospenal.com) que le ayude de forma urgente, no solo asesorándole para reducir el impacto del delito a través de mecanismos técnicos o informáticos, sino, sobre todo, mediante la preparación y redacción de la denuncia que habrá de presentarse ante la Policía, explicando claramente los hechos y utilizando para ello la técnica jurídica más actualizada, e incluso adjuntando formularios de los oficios que la propia policía habrá de dirigir a los exchanges, plataformas de trading, redes sociales o, en definitiva a los prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos.
De ello dependerá, en gran medida, el éxito de su denuncia y que por parte de la autoridad Policial, ya desde los momentos iniciales, se pongan en marcha acciones concretas encaminadas a la determinación del delito, identificación de sus autores y sobre todo la reparación de los daños y la restitución de los perjuicios causados.