LA IMPORTANCIA DE LA DENUNCIA POR CIBERDELITO

LA IMPORTANCIA DE LA DENUNCIA POR CIBERDELITO

La denuncia es el acto por el que se da conocimiento a la autoridad competente de la existencia de unos hechos que pudieran ser constitutivos de infracción penal y es la forma más habitual de comunicar la “noticia criminis”, que pondrá en funcionamiento nuestro sistema policial y judicial.

Pero esto que parece tan simple, se complica extraordinariamente cuando hablamos de Ciberdelincuencia, pues estamos ante una serie de delitos cuyo común denominador es la facilidad que Internet proporciona al delincuente para ocultarse y dificultar su identificación, que en muchos casos no resulta finalmente posible.

Por ello, nuestra primera intención de acudir a la Policía para denunciar unos hechos que a primera vista son obviamente constitutivos de delitos muy graves, puede resultar frustrante, pues en la mayoría de los casos, ante la falta de identificación del autor o autores de los hechos, nuestra denuncia no será atendida o no lo será satisfactoriamente o en el mejor de los casos, quedará registrada y meramente archivada en las propias dependencias policiales, sin llegar a los Órganos Judiciales.

Ello puede obedecer a una doble causa; por un lado la saturación policial, pues nuestra policía debe atender diariamente numerosos casos, lo que unido a la escasez de medios comporta inexorablemente el desinterés e ineficacia del sistema; y por otro la evidente –y muy criticable- ausencia de conocimientos técnicos por parte de la Policía para entender el “iter criminis” o la forma e instrumentos que los delincuentes han utilizado para la comisión del delito.

Así términos como criptomonedas tales como bitcoin o ethereum, tecnología blockchain, exchanges descentralizados que funcionan a través de algoritmos automatizados, plataformas de trading o wallets, son profundamente desconocidos tanto por policía como jueces y Tribunales.

Por ello, si Vd o su empresa ha sido víctima de la ciberdelincuencia en cualquiera de sus formas, precisa recurrir a un abogado altamente especializado, (www.nqabogadospenal.com) que le ayude de forma urgente, no solo asesorándole para reducir el impacto del delito a través de mecanismos técnicos o informáticos, sino, sobre todo, mediante la preparación y redacción de la denuncia que habrá de presentarse ante la Policía, explicando claramente los hechos y utilizando para ello la técnica jurídica más actualizada, e incluso adjuntando formularios de los oficios que la propia policía habrá de dirigir a los exchanges, plataformas de trading, redes sociales o, en definitiva a los prestadores de servicios de alojamiento o almacenamiento de datos.

De ello dependerá, en gran medida, el éxito de su denuncia y que por parte de la autoridad Policial, ya desde los momentos iniciales, se pongan en marcha acciones concretas encaminadas a la determinación del delito, identificación de sus autores y sobre todo la reparación de los daños y la restitución de los perjuicios causados.

www.nqabogadospenal.com

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En un plazo de 24/48 horas nuestro equipo se pondrá en contacto con usted y le remitiremos un mail valorando los riesgos detectados en su empresa, juntamente con aquellas actuaciones más urgentes en ciberseguridad que debería realizar.

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¿Tiene la organización implementado un Modelo de prevención y control de delitos informáticos/riesgos tecnológicos? *
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¿Dispone de un protocolo de homologación y selección de proveedores de esta tipología? *
¿La empresa dispone de una Política de Seguridad Informática? *
¿Dispone de alguna Certificación en materia de Seguridad Tecnológica? *
¿Ha sufrido la organización algún ataque informático en los últimos 5 años? *
¿Ha sido condenada la sociedad o algún miembro por delitos informáticos? *
¿Dispone la organización de un Plan de Contingencia en caso de ciberataque? *
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¿Se autoriza el uso de equipos personales/propios para desarrollo de la actividad profesional? *
¿Existe un protocolo de autorización de cobros y pagos? *
¿Se realizan auditorías de seguridad o revisión del Sistema? *
¿El personal de la empresa accede a los diferentes equipos informáticos a través de contraseña, tarjeta de coordenadas, parámetro biométrico, entre otros? *
La regulación de los recursos TIC corporativos ¿además de por la Política de uso se regula mediante cláusulas contractuales? *
¿Dispone de asesoramiento externo en materia de ciberseguridad? *